Registro Sanitario de Tabaco
Registro Sanitario o Renovación de Producto de Tabaco
Proceso mediante el cual la autoridad reguladora autoriza la exportación y comercialización de un producto de tabaco con base en la solicitud que se presenta, acompañada de la documentación requerida para su evaluación, registro estadístico y posterior vigilancia.
Requisitos
Beneficiarios
Titular del producto.
Documentos Requeridos
- Recibo oficial de caja o comprobante de tranferencia electronica.
- Formato de solicitud de registro o renovación: debe contemplar toda la información referente al producto a registrar (nombre, composición del producto, tipo de presentaciones a registrar, empaque primario, secundario, embalaje final, fe-cha de caducidad, etc.).
- Datos del fabricante, acondicionador del empaque, titular del producto.
- Datos del exportador-fabricante / importador- distribuidor.
- Datos del Representante legal y profesional Regente.
- Copia del poder de importación, distribución y comercialización otorgado por laboratorio extranjero o titular del registro sanitario del tabaco, autenticado por notario. Este documento se exigirá por única vez.
- Copia de la licencia de exportador, fabricante/exportador, importador/distribuidor.
- Copia de autorización para registro de productos elaborados por otras fábricas, en el caso de ser solo exportadores.
- Diseño del empaque primario y secundario, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la legislación para etiquetado.
- Presentar una muestra del producto a registrar.
- Copia del registro de Marca, ante MIFIC, con razón de fotocopia.
- Copia del registro, en caso de renovación.
- Toda la documentación debe ser presentada en idioma español.
Procedimiento
Paso a paso cómo realizar el trámite
- Efectuar pago correspondiente según la resolución ministerial 347-2023.
- Elaborar el dossier, con todos los requisitos establecidos, hojas foliadas, separados por pestañas. Para registro el folder debe ser de color amarillo, sujetos son faster. Adjuntar copia del recibo de pago (recibo rosado).
- Entrega del dossier completo en las oficinas del Departamento de Regulación de Toxicología (DRT). Donde se le entregará recibido firmado y sellado
- Si cumple con todos los requisitos establecidos, se entrega el registro correspondiente en las oficinas del DRT.
Tiempo de respuesta
30 días hábiles.
Vigencia
5 años.
Información relacionada
Presentar el expediente en el DRT de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 11:30 a.m.
Reglamentos
- Ley 727 “Ley para el control de tabaco” y su Reglamento.
- Resolución Ministerial 334-2021.
- Circulares de tabaco.

