Insumos médicos y No médicos que ingresan al país por carga
Solicitud de Autorización para el Desaduanaje de Donaciones de Insumos Médicos y no Médicos que Ingresan al país por Carga.
Proceso mediante el cual la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria autoriza el desaduanaje de donaciones de insumos médicos, no médicos que ingresan al país por carga la cual se presenta acompañada de la documentación requerida para su evaluación.
Requisitos
Beneficiarios
Organismos Sin Fines de Lucro y Organismos Gubernamentales.
Documentos Requeridos
- Carta de Intención del país de origen y de los Organismos Gubernamentales u Organismos Sin Fines de Lucro que son contraparte en el país, solicitando autorización para el desaduanaje de donaciones de insumos médicos y no médicos.
- Carta Aval del SILAIS respectivo.
- Los Organismos Sin Fines de Lucro establecidos en el país, deben presentar fotocopia de documentos legales vigentes emitidos por el Ministerio del Interior, detallados a continuación:
a) Constancia de Cumplimiento.
b) Constancia del Representante Legal
c) Constancia de Registro de Agentes Extranjeros de acuer-do a la Ley. - Documento de Embarque (Guía Aérea o Marítima - Terrestre según corresponda).
- Factura y lista de empaque para la factura, si precede o bien cuando el donante adquiere los insumos mediante compra
- Carta o Certificado de Donación General y formato de carta de Donación. (anexo # 6)
- Formularios # 1 de Insumos Médicos y # 2 de Insumos No Médicos, detallando las especificaciones técnicas según corresponda. (anexo # 09 y 10).
- Formato de Distribución (anexo # 16)
- Adjuntar copia de Constancia de Cumplimiento y Constancia del Representante Legal emitidas por el MINT de los organismos receptores beneficiados y detallados en el formato de distribución.
- Toda documentación del país de origen, sin importar el idioma en que esté redactada, debe ser presentada con su respectiva traducción al español.
Procedimiento
Paso a paso cómo realizar el trámite
Visitar la Página Web oficial de la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria / Departamento de Donaciones y Brigadas Médicas Extranjeras para extracción de los Anexos # 06, 09, 10 y 16.
Los Organismos Sin Fines de Lucro y Organismos Gubernamentales deben presentar el expediente en el área de recepción de la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria con 01 juego Original y 2 juegos de Copia.
Tiempo de respuesta
24 horas hábiles
Información relacionada
- Ver Instrucciones de Requisitos (Anexo # 1) establecido en la Normativa 069.
- Presentar el expediente en el área de recepción de la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:00 p.m.
- Para cualquier información, contactarse con el Departamento de Donaciones y Brigadas Médicas Extranjeras al teléfono 2264-7630, 2264-7730 extensión # 1309, correo electrónico: brigadasmedicas@minsa.gob.ni
Reglamentos
Normativa 069: Norma de Regulación para el Ingreso de la Donaciones de Insumos Médicos, No Médicos, Alimentos y Brigadas Médicas Extranjeras.

