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Insumos médicos, No médicos y Alimentos que ingresan al país por carga, consignadas al Ministerio de Salud

Solicitud de Autorización para el Desaduanaje de Donaciones de Insumos Médicos, no Médicos y Alimentos que Ingresan al País por Carga, Consignadas al Ministerio de Salud.

Proceso mediante el cual la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria autoriza el desaduanaje de donaciones de insumos médicos, no médicos y Alimentos que ingresan al país por carga, consignadas al Ministerio de Salud la cual se presenta acompañada de la documentación requerida para su evaluación.

Requisitos
Beneficiarios
Organismos Gubernamentales.

Documentos Requeridos

  1. Carta de Intención del país de origen y de los Organismos Gubernamentales u Organismos Sin Fines de Lucro que son contraparte en el país, solicitando autorización para el desaduanaje de donaciones de insumos médicos y no médicos.
  2. Carta de Aceptación de las Autoridades Competentes del Ministerio de Salud.
  3. Los Organismos Sin Fines de Lucro establecidos en el país, deben presentar fotocopia de documentos legales vigentes emitidos por el Ministerio del Interior, detallados a continuación:
    a) Constancia de Cumplimiento.
    b) Constancia del Representante Legal
    c) Constancia de Registro de Agentes Extranjeros de acuerdo a la Ley.
  4. Documento de Embarque (Guía Aérea o Marítima-Terrestre).
  5. Certificado de Origen.
  6. Factura y lista de empaque (para la factura, si precede o bien cuando el donante adquiere los insumos mediante compra).
  7. Carta o Certificado de Donación por carga (anexo # 6)
  8. Formularios # 1 de Insumos Médicos y # 2 de Insumos No Médicos, detallando las especificaciones técnicas según corresponda. (anexo # 09 y 10).
  9. Toda documentación del país de origen, sin importar el idioma en que esté redactada, debe ser presentada con su respectiva traducción al español.

Procedimiento
Paso a paso cómo realizar el trámite
Visitar la Página Web oficial de la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria / Departamento de Donaciones y Brigadas Médicas Extranjeras para extracción de los Anexos # 06, 09, 10 y 16.
Los Organismos Sin Fines de Lucro y Organismos Gubernamentales deben presentar el expediente en el área de recepción de la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria con 01 juego Original y 2 juegos de Copia.

Tiempo de respuesta
24 horas hábiles

Información relacionada
- Ver Instrucciones de Requisitos (Anexo # 2) establecido en la Normativa 069.
- Presentar el expediente en el área de recepción de la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:00 p.m.
- Para cualquier información, contactarse con el Departamento de Donaciones y Brigadas Médicas Extranjeras al teléfono 2264-7630, 2264-7730 extensión # 1309, correo electrónico: brigadasmedicas@minsa.gob.ni

Reglamentos
Normativa 069: Norma de Regulación para el Ingreso de la Donaciones de Insumos Médicos, No Médicos, Alimentos y Brigadas Médicas Extranjeras.