Apertura de Establecimiento
Distribuidora Minorista
Autorización apertura y renovación de distribuidor minorista
Aprobación por la autoridad reguladora de un país para la distribución y comercialización de un producto natural artesal, una vez que el mismo ha pasado el proceso de evaluación relativo a la calidad, eficacia y seguridad.
Requisitos
Beneficiarios
Dueño de la Empresa
Documentos requeridos
Formato de solicitud que declare
- Nombre completo de solicitante.
- Domicilio y Teléfono
- Propuesta de ubicación del establecimiento.
- Propuesta de horario de funcionamiento del establecimiento.
- Nombre del profesional propuesto a la Regencia y los siguientes datos, domicilio, teléfono, edad, código sanitario, propuesta de horario en el cual ejercerá sus funciones y una fotografía reciente de tamaño carnet.
La solicitud será acompañada de los siguientes requisitos:
- Certificado de Policía del Representante o Propietario.
- Acta de Constitución de la sociedad cuando proceda.
- Contrato de Trabajo del Regente del establecimiento.
- Certificado de Salud del Propietario y del Regente.
- Fotocopia del título del Regente, en la que sea visible el Código Sanitario otorgado por el Registro Nacional de Profesionales y Técnicos de la Salud.
- Recibo Oficial de Caja
El establecimiento deberá contar con:
- Área Administrativa, la que deberá poseer: Material y Equipo de Oficina Sello del establecimiento.
- Área de Despacho
- Área de Almacenamiento con las siguientes secciones:
* Productos que requieran temperatura especial Una sección Central (polines, estantes, aire acondicionado o ventilación no mayor de 25° e iluminación adecuada).
* Además de cumplir con las medidas higiénico-sanitarias
* Para la renovación de la licencia sanitaria deberá solicitarse con dos meses de anticipación a su vencimiento
* Dossier o expediente del establecimiento debe de estar en folder color anaranjado
Procedimiento
Paso a paso cómo realizar el trámite
- Efectuar pago correspondiente según la Resolución Ministerial 347-2023.
- Presentar solicitud del trámite conforme a requisitos establecidos en la Ventanilla N°1 de la Dirección de Farmacia.
- Esperar el tiempo establecido para la evaluación del trámite. El cual no es mayor a 20 días hábiles, una vez recibida la solitud.
- Si en dicha evaluación se encuentra alguna inconformidad el evaluador emitirá acta de rechazo, la cual el protagonista deberá retirar en la ventanilla N° 4 en el horario establecido de 08:00 a.m. a 12:00 d.m. y de 01:00 p.m. a 03:00 p.m. de lunes a viernes. El periodo definido para completar el trámite es de 20 días hábiles a partir del recibido.
- La evaluación documental puede ser rechazada y completada en dos ocasiones, en caso de no cumplir se procede a la cancelación del trámite.
- En caso de encontrar conforme la documentación presentada, se procederá a enviar comunicación vía correo declarando que se encuentra en la programación de inspección.
- En caso de estar conforme la inspección se emite Licencia Sanitaria de funcionamiento en un plazo de 72 horas.
- Si al momento de la inspección el supervisor encuentra inconformidades, las detalla en el informe de inspección dejando así mismo las recomendaciones para el cumplimiento y 20 días hábiles para subsanar cada una de ellas.
- El protagonista por escrito informa el cumplimiento de las recomendaciones para que el inspector verifique dicho cumplimento de estar conforme se procede a realizar lo declarado en el punto 7.
Tiempo de respuesta
60 días hábiles.
Vigencia
4 años.
Información relacionada
Presentar el expediente en ventanilla 1 los días martes y jueves de 08:00 a.m. a 03:00 p.m.
Reglamentos
- Arto 44. del Reglamento de la ley N° 774 Ley de Medicina Natural, Terapias Complementarias y Productos Naturales en Nicaragua y demás disposiciones vigentes
Fabrica de Productos Naturales Artesanales
Autorización apertura y renovación de establecimiento que fabrica productos naturales
Aprobación por la autoridad reguladora de un país para la fabricación, distribución y comercialización de un producto natural artesanal, una vez que el mismo ha pasado el proceso de evaluación relativo a la calidad, eficacia y seguridad.
Requisitos
Beneficiarios
Dueño de la Empresa
Documentos requeridos
Formato de solicitud que declare
- Nombre completo de solicitante.
- Domicilio y Teléfono
- Propuesta de ubicación del establecimiento.
- Propuesta de horario de funcionamiento del establecimiento.
- Nombre del profesional propuesto a la Regencia y los siguientes datos, domicilio, teléfono, edad, código sanitario, propuesta de horario en el cual ejercerá sus funciones y una fotografía reciente de tamaño carnet.
La solicitud será acompañada de los siguientes requisitos:
- Certificado de Policía del Representante o Propietario.
- Acta de Constitución de la sociedad cuando proceda.
- Contrato de Trabajo del Regente del establecimiento.
- Certificado de Salud del Propietario y del Regente.
- Fotocopia del título del Regente, en la que sea visible el Código Sanitario otorgado por el Registro Nacional de Profesionales y Técnicos de la Salud.
- Recibo Oficial de Caja
La información adicional que acompaña a la solicitud será la siguiente:
- Flujograma de Proceso por cada línea o tipo de producción.
- Organización u Organigrama y Funcionamiento del Laboratorio.
- Descripción Arquitectónica de la Planta Procesadora. Que incluya: Nombre de los ambientes y áreas, Especificaciones (tamaño del área, tipo de techo, tipo de piso, tipo de paredes).
- Planos
- Personal Propuesto para cada área y su calificación
- Descripción del equipo disponible para cada área, material y su utilización.
- Normas de aseo para el personal, equipo y áreas de trabajo en las que se basan.
- Anteproyecto de: Productos a fabricar, formulas y métodos de preparación, Sistema de Control de Calidad, flujograma de proceso de Producción.
- Escritura de Constitución del establecimiento si es persona (cuando aplique)
- solicitud del profesional que regentara el laboratorio
- Contrato de trabajo entre el regente y el propietario del establecimiento de conformidad con las leyes laborales
- Certificado de salud del gerente, regente y del personal de producción extendido por el Ministerio de Salud. Para la renovación de la licencia sanitaria deberá solicitarse con dos meses de anticipación a su vencimiento.
Procedimiento
Paso a paso cómo realizar el trámite
- Efectuar pago correspondiente según la Resolución Ministerial 347-2023.
- Presentar solicitud del trámite conforme a requisitos establecidos en la Ventanilla N°1 de la Dirección de Farmacia.
- Esperar el tiempo establecido para la evaluación del trámite. El cual no es mayor a 20 días hábiles, una vez recibida la solitud.
- Si en dicha evaluación se encuentra alguna inconformidad el evaluador emitirá acta de rechazo, la cual el protagonista deberá retirar en la ventanilla N° 4 en el horario establecido de 08:00 a.m. a 12:00 d.m. y de 01:00 p.m. a 03:00 p.m. de lunes a viernes. El periodo definido para completar el trámite es de 20 días hábiles a partir del recibido.
- La evaluación documental puede ser rechazada y completada en dos ocasiones, en caso de no cumplir se procede a la cancelación del trámite.
- En caso de encontrar conforme la documentación presentada, se procederá a enviar comunicación vía correo declarando que se encuentra en la programación de inspección.
- En caso de estar conforme la inspección se emite Licencia Sanitaria de funcionamiento en un plazo de 72 horas.
- Si al momento de la inspección el supervisor encuentra inconformidades, las detalla en el informe de inspección dejando así mismo las recomendaciones para el cumplimiento y 20 días hábiles para subsanar cada una de ellas.
- El protagonista por escrito informa el cumplimiento de las recomendaciones para que el inspector verifique dicho cumplimento de estar conforme se procede a realizar lo declarado en el punto 7. Dossier o expediente del establecimiento debe de estar en folder color anaranjado
Tiempo de respuesta
60 días hábiles.
Vigencia
4 años.
Información relacionada
Presentar el expediente en ventanilla 1 los días martes y jue-ves de 08:00 a.m. a 03:00 p.m.
Reglamentos
- Arto 48. del Reglamento de la ley N° 774 Ley de Medicina Natural, Terapias Complementarias y Productos Naturales en Nicaragua y demás disposiciones vigentes

